Un padre alega para intentar evitar la cárcel que no podrá cuidar a su hijo

La Audiencia rechaza sus argumentos porque tiene varias condenas, lo que demuestra que es “ajeno a su situación familiar”

A. C.

Un padre alegó que no podrá cuidar a su hijo si entra en la cárcel y propuso cumplir la pena con trabajos en beneficio de la comunidad, pero la Audiencia Provincial lo rechazó porque el hombre fue condenado en varias ocasiones y eso demuestra, recoge el auto, que es “ajeno a su situación familiar”.

Ante la sentencia de marzo de 2023 que ordenaba su ingreso en prisión, el condenado solicitó, a través de un recurso, sustituir la pena por trabajos en beneficio de la comunidad. Esta decisión, apunta la Audiencia, debe motivarse en función de “las circunstancias del delito cometido, las circunstancias personales del penado, sus antecedentes, su conducta posterior al hecho, en particular su esfuerzo para reparar el daño causado y sus circunstancias familiares y sociales”. Teniendo en cuenta esto, la Sala defiende que en este caso “claramente no procede la concesión del beneficio de suspensión ordinaria” porque el hombre tiene “antecedentes penales”.

El condenado alegó en su recurso, según el fallo, que si entraba en la cárcel su hijo tendría que ir a un centro de protección de menores porque no tiene otro familiar que pueda cuidarlo.

Sin embargo, la Audiencia Provincial recuerda que el padre “ha sido condenado en anteriores ocasiones por delitos contra la seguridad vial”. En concreto, en los últimos tres años ha cometido tres delitos de conducción sin permiso, por los que ha sido condenado. Entiende la Sala que esto le otorga “la condición de reo habitual” y le impide que pueda sustituir la pena que se la ha impuesto por trabajos en beneficio de la comunidad, como había solicitado en su recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña.

Dado que el hombre ha pedido no entrar a la cárcel para poder cuidar a su hijo, la Audiencia indica que los delitos cometidos previamente y en varias ocasiones así como las condenas demuestran que es “ajeno a su situación familiar” ya que “reincide en este tipo de conductas”.

Así, la Sala “no aprecia motivos para acceder” a la petición del condenado porque, señala, “no se comprueba en él una verdadera voluntad de rehabilitación”.

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por el padre contra el fallo que le ordena entrar en la cárcel y tendrá que cumplir la pena. La sentencia es firme, pues contra ella no cabe presentar ningún recurso.

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