El Gobierno local de Miño elevará mañana a pleno la ordenanza que regulará los requisitos de acceso y las condiciones de uso de las 12 viviendas cedidas por la Sareb tras la firma de un convenio en virtud del cual el Ayuntamiento se compromete a asumir el pago de los impuestos y a pagar 125 euros mensuales por piso.

El Concello abrirá ahora una convocatoria dirigida a personas o familias en situación de vulnerabilidad o que se vean obligadas a abandonar temporalmente su vivienda y precisen de un alojamiento inmediato y temporal. En el primero de los casos, la ordenanza prevé que el alquiler social se prorrogue por un máximo de cinco años. En los casos de emergencia social, el plazo de ocupación no podrá ser superior a los cuatro meses, detalla la ordenanza.

La renta será uno de los principales requisitos que se tendrán en cuenta a la hora de valorar las solicitudes. La puntuación máxima se otorgará a las unidades familiares con ingresos entre el cero y el 30% o entre el 30 y el 50% del IPREM. El Concello valorará también la composición familiar y tendrá en cuenta casos que requieran de una especial protección, entre los que detallan situaciones de violencia de género.

El Concello habilitará sucesivos plazos para las solicitudes de alquiler y emergencia social y la lista se renovará cada seis meses. La tasa mensual será de 150 euros, a pagar en los primeros cinco días de cada mes, y no se exigirá fianza. Los abonados deberán abonar los gastos y consumos originados por la utilización de la vivienda.

Entre otros requisitos, la ordenanza establece que los aspirantes a una vivienda de alquiler social deberán ser mayores de edad, acreditar la residencia efectiva y continuada en Miño durante un período mínimo de seis meses y no ser titular de una vivienda en todo el territorio nacional y acreditar unos ingresos anuales mínimos de 4.500 euros netos.

La ordenanza establece que los adjudicatarios no podrán tener animales, excepto perros guía y que deberán dejar la vivienda en las mismas condiciones en las que les fue entregada, “excepto aquellas que se deriven del desgaste por su uso normal durante el plazo de arrendamiento”.