Revocada la indemnización al denunciante de la plaza de técnico de urbanismo de Sada

Los jueces ratifican la anulación de la comisión de servicios, pero rechazan compensar al demandante

REDACCIÓN

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha revocado parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña que estimó el recurso contra las resoluciones del Ayuntamiento de Sada de 2020 por las que se aprobó la convocatoria para el desempeño en comisión de servicios del puesto de técnico general de urbanismo y su concesión a Hipólito Pérez Novo.

El Alto Tribunal ratifica la anulación de la convocatoria de este puesto en comisión de servicios y posterior designación por la convocatoria del puesto como de Administración Especial a pesar de que la RPT lo recoge como de la escala de Administración Xeral. Los jueces revocan en la fallo en lo relativo al reconocimiento de una indemnización al denunciante, funcionario del Concello, con la diferencia de complemento específico entre este puesto y el que ocupa.

Argumentan los magistrados del Tribunal Superior que no se dan los requisitos para reconocer esta compensación al demandante dado que, subraya, este funcionario “tendría que haber manifestado su voluntad de solicitar la comisión de servicios”. Apuntan los jueces que la jurisprudencia estipula que en estos supuestos la manifestación expresa de la intención de presentarse al proceso selectivo es condición imprescindible para reconocer el derecho a una indemnización.