Los límites y normas que las juntas de propietarios quieren poner a los pisos turísticos de A Coruña

La ley no veta su implantación, pero permite acordar obligaciones de régimen interno o el aumento en un 20% de la cuota de los dueños de las viviendas

Administradores de fincas creen que comunidades quieren “curarse en salud”

Viviendas en los barrios de Os Rosales, San Roque y Labañou.   | // Víctor Echave

Viviendas en los barrios de Os Rosales, San Roque y Labañou. | // Víctor Echave / R. D. Rodríguez

En más de una calle de A Falperra el pasado domingo al mediodía el ruido de las ruedas de las maletas sobre las aceras rompió la calma del barrio: de distintos edificios residenciales abandonaron sus alojamientos inquilinos de viviendas de uso turístico. La escena es cada vez más habitual en esta y otras zonas de la ciudad y representa el auge que este tipo de viviendas tiene entre los visitantes. Hay casi mil a fecha de 1 de julio (953), pero encuentran desconfianza entre algunos vecinos, como demuestra el hecho de que en los últimos meses los administradores de fincas han convocado juntas de propietarios en edificios con viviendas de uso turístico (VUT) para someter a votación la prohibición de nuevos pisos de esta clase en inmuebles o la implantación de límites a los que ya existen en el mismo bloque.

¿Puede prohibirse habilitar un piso turístico en un edificio? La normativa (Real Decreto-ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler) no lo prohíbe, aunque sí permite limitarlos o condicionarlos. ¿De qué manera? Con el establecimiento de normas de régimen interno en la comunidad vecinal o un aumento en un 20% de la cuota de participación que debe abonar el propietario que promueve el uso turístico para su vivienda en ese edificio.

Administradores de fincas de la ciudad dan cuenta de que, aunque no hay una alarma expresa por el incremento de VUT, algunas juntas de propietarios ven con recelo su apogeo y temen daños o exceso de ruido en su edificio por el trasiego habitual de inquilinos en alguna de sus viviendas, por lo que deciden “curarse en salud” y limitar “o condicionar” que haya más en el futuro. La vicepresidenta del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Galicia, Teresa Suárez, matiza que el tránsito de ocupantes es más habitual en verano, considera “poco significativo” el número de juntas vecinales convocadas para votar la permanencia o no de las VUT en un inmueble y añade que también “hay alquileres tradicionales” que causan “trastornos” en las comunidades.

Hasta ahora, tras las votaciones en juntas convocadas por la existencia de pisos turísticos se ha acordado la prohibición de nuevas viviendas de este tipo en el inmueble, cuentan administradores consultados por este diario, aunque al no permitir la ley el veto lo que se hace es imponer “restricciones” a esos alojamientos. “La vivienda turística que ya tiene actividad legalizada y está inscrita en el registro autonómico puede seguir como tal sin carácter retroactivo. La nueva vivienda turística que comience a operar así en un edificio tendrá que asumir un aumento de la cuota si se ha acordado”, explica Carlos Fernández, de la administración de fincas Coysa-Ruiz-Gestión. “Hemos tenido unos seis casos recientemente, y el propietario del piso turístico no suele estar presente”, añaden desde Administraciones Real.

A petición de un comunero o por iniciativa del administrador, se convoca una junta para abordar el asunto. En la votación se fija un quorum de “voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación”, según señala la Ley de Propiedad Horizontal. El acuerdo provisional ha de quedar recogido en un acta que se notifica a los ausentes en la junta con un plazo de 30 días para que se opongan si lo consideran. Superado este tiempo y recogidos los posicionamientos a favor o en contra se emite una nueva acta para comprobar si con los no opuestos se llega a los 3/5 de quorum y luego se envía otra notificación. El acuerdo adoptado respecto a medidas de limitación o condiciones del destino a alquiler vacacional debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.

La fijación de normas de régimen interno y la subida de la cuota en un 20% son medidas para los propietarios de las VUT a las que también puede acompañar la obligación de suscribir una póliza de seguro de daños para los causados por los inquilinos en elementos comunes o particulares o la advertencia directa a los ocupantes de que deben cumplir las normas internas, aspectos en los que está de acuerdo la Asociación de Viviendas de Uso Turístico de Galicia (Aviturga).

“Una foto real” de los pisos

Las VUT, reguladas por la Xunta, están pendiente en A Coruña de una regulación municipal específica, como ha ocurrido en Santiago, después de que el Concello anunciase el año pasado que daría este paso. La alcaldesa, Inés Rey, recordó ayer que en el pasado mandato “se iniciaron las conversaciones con los diferentes sectores” —hotelería, hostelería, sector turístico, propietarios— para avanzar hacia un estudio completo permita dar “una foto real de los pisos turísticos”. “A partir de ahí se trabajará en una posible regulación”, aseguró Rey.

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