El Superior de Xustiza rebaja la pena a un acusado de abusos continuados sobre su hijastra

El tribunal lo condena a tres años de prisión como autor de un delito de abuso sexual, frente a los 11 años de pena impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña

Toga de un juez.

Toga de un juez. / Eduardo Parra / EP

RAC

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado en parte el recurso interpuesto por un padre condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña a once años de cárcel por abusar, de forma continuada, de su hijastra. El alto tribunal entiende que no está debidamente justificada la continuidad delictiva y la consecuencia penológica correspondiente. Por tanto, ha absuelto al acusado del delito continuado de abusos sexuales y lo ha condenado a tres años de prisión como autor de un delito de abuso sexual, con la circunstancia agravante de parentesco. Los magistrados subrayan en el fallo que, en cuanto a los hechos acontecidos el 1 de junio de 2020, “ninguna duda” se les plantea, pero respecto al resto de hechos de similar contenido que la víctima refiere como antecedentes, destacan que no aporta “datos concretos sobre fechas o incluso circunstancias, más allá de un modus operandi similar al que protagoniza la denuncia”.

El condenado, nacido en 1965, fue juzgado a raíz de la llamada realizada a la policía por una de las hermanas de la víctima en junio del 2020, cuando sorprendió a su padre saliendo del dormitorio de la denunciante, que tenía la ropa interior bajada. Ese episodio de abusos es el que entiende probado el TSXG, pero no los abusos sexuales continuados, al menos en otras tres ocasiones, mientras la víctima dormía. El tribunal indica en la sentencia que la afectada, nacida en 1994, “adolece de una minusvalía de un 43 %, tras haber sufrido un traumatismo craneoencefálico a la edad de 5-6 años”.