Acepta tres años de cárcel por agredir en la cara a otro hombre en la avenida de Fisterra
La pena puede ser sustituida por salir del territorio español durante ocho años
REDACCIÓN
El acusado de agredir con una navaja a un hombre tras un forcejeo, que iba a ser juzgado ayer lunes en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha aceptado tres años de prisión, que, al ser extranjero, pueden ser sustituibles por su expulsión del territorio español durante ocho años.
El procesado ha reconocido ser autor de los hechos que le imputaba la Fiscalía, que ocurrieron el 15 de octubre de 2020 a las 23.25 horas en la esquina de avenida de Fisterra con ronda de Outeiro, muy cerca de un local de apuestas.
“Sin que conste suficientemente acreditado el motivo”, sacó del bolsillo del pantalón una navaja de 8 centímetros con cachas de plástico negro con un anagrama de un ancla y, tras caer ambos al suelo por el forcejeo, le cortó la cara a la víctima, “a la que conocía de vista”.
El agredido, que necesitó intervención quirúrgica para su curación, tiene tres cicatrices en el rostro, dos en la zona de los ojos —sobre la ceja sufrió un corte de 12 centímetros— y otra en los labios, lo que supone, ha indicado la Fiscalía, “un perjuicio estético visible y permanente”.
El Juzgado de Instrucción número 3 en funciones de guardia ya había acordado en octubre de 2020 la prohibición del agresor de acercarse a menos de 200 metros de su víctima, de su domicilio y de su lugar de trabajo, así como la prohibición de comunicarse con él por cualquier medio.
El hombre iba a ser juzgado este lunes por un delito de lesiones con deformidad, por el que la Fiscalía pedía cinco años de prisión, pero finalmente hubo acuerdo entre las partes y ha aceptado tres meses de cárcel, sustituibles por expulsión del territorio español durante ocho años al tratarse de un varón de nacionalidad marroquí.
La víctima también reclamaba la indemnización de daños y perjuicios por estos hechos. El Ministerio Público, en su escrito, había solicitado el pago de 17.000 euros.
La sentencia es firme al tratarse de una conformidad, por lo que no cabe interponer recurso.
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