Los recursos retrasan a septiembre el juicio contra los cinco acusados de matar a Samuel

La causa llegó a la Audiencia Provincial en marzo

El Superior excluye comentarios policiales de imágenes del crimen de los documentos a los que accederá el jurado popular

Homenaje a Samuel Luiz, en Riazor, en julio del año pasado. |  // VÍCTOR ECHAVE

Homenaje a Samuel Luiz, en Riazor, en julio del año pasado. | // VÍCTOR ECHAVE

El juicio contra los cinco acusados de matar a Samuel Luiz el 3 de julio de 2021 se celebrará en septiembre. Aunque en un principio se informó de que empezaría antes de verano, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) informó este jueves de que “debido a la cantidad de recursos que han sido presentados por las partes y a los plazos legales para su tramitación, no resulta posible finalizar las diligencias necesarias para la elección del jurado popular antes del verano”. Así, la previsión actual es que el juicio comience a principios de septiembre.

Los cinco acusados serán juzgados por un delito de asesinato, al apreciarse las circunstancias agravantes de alevosía y ensañamiento. El juez considera que existen indicios suficientes para sentar en el banquillo de los acusados a los cinco en concepto de coautores. En el caso de dos de ellos, el hombre y la mujer con quien primero se encontró la víctima, considera que existe además la agravante de discriminación por condición sexual.

La causa, detalla el TSXG, llegó a la Audiencia Provincial de A Coruña a principios del mes de marzo. La presidenta del Tribunal recuerda que el sorteo de los jurados ha de realizarse como mínimo con 30 días de antelación a la celebración del juicio y que tras este trámite hay que resolver las excusas que se puedan plantear. De ahí que sitúen el inicio del juicio en septiembre.

Además, el Superior ha ordenado excluir del material al que pueden tener acceso los miembros del jurado popular los informes realizados por agentes policiales sobre el visionado de imágenes videográficas obtenidas en las inmediaciones del paseo marítimo el 3 de julio de 2021, frente a la playa de Riazor, donde falleció Samuel tras recibir una paliza. También se elimina la llamada infografía forense. Todo ello, sin perjuicio, aclara el auto, de que los agentes de la Policía Nacional que han participado en la investigación puedan ser interrogados en el plenario sobre esto.

Los magistrados del TSXG rechazaron, por tanto, que deban incorporarse esos informes a los testimonios, encaminados a la preparación de la celebración del juicio oral. La Sala de lo Civil y Penal explica que al órgano de enjuiciamiento no se le da traslado de la totalidad de la instrucción, “sino que solo, y por medio de testimonio, de aquellas diligencias que no puedan ser reproducidas en el juicio oral”. De esta forma, subraya que el contenido de los dictámenes periciales, en cuanto no son susceptibles de ser reproducidos, “pueden ser integrados en el acervo probatorio a través del correspondiente testimonio, sin perjuicio de que los peritos tengan la intervención que se considere en el plenario”.

La Sala recalca que no se puede obviar “la necesidad de que los jurados vean por sí los libros, documentos, papeles y demás piezas de convicción”, al tiempo que reitera que les corresponde, “sin interferencia alguna”, el examen de las grabaciones audiovisuales. “Los comentarios e indicaciones que sobre los mismos lleven a cabo terceros no pueden integrar el mismo documento cuando este es susceptible de ser apreciado por los jurados, sin que la eventual dificultad de su consideración pueda ser paliada con la introducción de los testimonios que procedan”, señalan los magistrados en el auto, que no es firme.

El TSXG asegura que las diligencias policiales a las que hacen referencia “distan de ser infografías”, pues destacan que en ellas “no hay una representación visual de una realidad virtual, para cuya confección sí se precisarían determinados conocimientos científicos o técnicos, sino mera glosa descriptiva de determinadas imágenes”.

Entre 22 y 27 años de cárcel

La Fiscalía solicita entre 22 y 27 años de cárcel para los cinco mayores de edad acusados de matar a Samuel. Los dos menores de edad que participaron en la agresión mortal llegaron a un acuerdo previo al juicio que se iba a celebrar contra ellos por estos hechos y que fueron condenados en marzo de 2022 por un delito de asesinato.

En el caso de los acusados mayores de edad y pendientes de juicio, tres de ellos están en prisión provisional desde el 9 de julio de 2021. La joven está investigada desde ese mismo día, con la obligación de personarse en el juzgado periódicamente, y A.M.R., el último detenido por los hechos, entró en prisión a finales de septiembre de 2021, pero salió un mes después, por lo que está en libertad, aunque también con la obligación de personarse en el juzgado.

También están personadas, además de la Fiscalía y las defensas, una acusación particular y otra popular, ejercida por la asociación ALAS A Coruña.

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